Por Haley Duval / Kern Sol News
En enero de 2024, California se convirtió en el primer y único estado en ofrecer Medi-Cal a todos los residentes de California, independientemente de su estatus migratorio. La nueva expansión de Medi-Cal entre las edades de 26 a 49 años puede recibir cobertura completa de Medi-Cal si cumplen con los criterios de elegibilidad. Todos los demás requisitos de Medi-Cal aún se aplican, incluida la elegibilidad de ingresos.
De acuerdo con el Departamento de Servicios de Atención Médica de California (DHCS, por sus siglas en inglés), solicitar o tener Medi-Cal no afectará el estatus migratorio de una persona y no convertirá a nadie en una carga pública.
Eduardo Ramírez es Director Asociado del Proyecto de Comunidades Rurales Sostenibles y Representante Acreditado del Departamento de Justicia. El trabajo de Ramírez consiste en brindar servicios legales de inmigración a inmigrantes principalmente en el norte de California y el Valle de San Joaquín.
Ramírez habló con Kern Sol News para profundizar en cómo tranquilizar a las personas indocumentadas de que si solicitan o tienen Medi-Cal, no serán una carga pública por parte del estado.
¿Qué se considera una carga pública para los inmigrantes en California hoy en día?
Ramírez: Así que las cargas públicas [son] técnicamente una concesión de admisibilidad para las personas que están tratando de obtener una tarjeta verde a través de una petición familiar. En otras palabras, hay muchas maneras en que las personas pueden obtener una tarjeta verde. Cuando la persona está tratando de obtener una tarjeta verde a través de una petición familiar, [por ejemplo] yo soy ciudadano estadounidense, pero mi hermano por el que solicité, digamos que es de México. Eso se considera una petición familiar, o si solicito a un cónyuge o a un hijo, o a mis padres. Todas ellas se consideran peticiones familiares. Por lo tanto, todos los que están tratando de obtener una tarjeta verde a través de la ruta de la petición familiar tienen que demostrar muchos requisitos para inmigración.
Uno de esos requisitos es que tienen que demostrar que no van a ser lo que se llama una carga pública, lo que significa que no van a depender principalmente del apoyo del gobierno. Cualquiera de estos dos tipos de beneficios: beneficios de ayuda en efectivo y/o atención institucionalizada a largo plazo a expensas del gobierno.
Entonces, cuando solicitan la tarjeta verde, el oficial [hace estas preguntas] basándose en la evidencia, ¿es probable que esta persona lo haga en el futuro, una vez que obtenga su tarjeta verde? ¿Es probable que estas personas dependan de la ayuda en efectivo una vez que vivan en los Estados Unidos? ¿O es probable que terminen necesitando atención institucionalizada a largo plazo a expensas del gobierno?
Y si la respuesta a eso es sí, entonces esa persona puede obtener su solicitud de tarjeta verde denegada y no obtener una tarjeta verde. Ha sido una regla que ha existido durante mucho tiempo. Debido a que es un análisis muy específico de cada caso y la regla en sí es muy matizada, tiende a haber mucha confusión en la comunidad en cuanto a cuál es esa regla y si las personas pueden o no poner en peligro su elegibilidad para el estatus migratorio o perder su estatus migratorio actual.
Si se convierten en una carga pública, pero es una regla muy estrecha que solo se aplica a una cantidad muy específica de personas y a la mayoría de las personas, en mi experiencia, no se les ha negado una tarjeta verde porque serían una carga pública en el futuro.
¿La nueva expansión de Medi-Cal afecta la carga pública?
Ramírez: Por lo tanto, la expansión de MediCal para el resto de los no asegurados documentados no se considera ayuda en efectivo, y no se considera atención institucionalizada a largo plazo.
Una persona que participa en ese tipo de Medi-Cal realmente no debería tener que preocuparse por problemas de carga pública. Creo que la única señal de alerta o la única excepción a esa regla es si esa persona está considerando o es probable que reciba atención institucionalizada a largo plazo. Lo que Medi Cal podría pagarle a esa persona, entonces es posible que tenga un poco de problemas para obtener una tarjeta verde en el futuro a través de una petición familiar porque usó Medi-Cal para pagar la atención a largo plazo. Si esa es una situación en la que se encuentra una persona, entonces debe consultar a un abogado de inmigración para obtener una consulta sobre el caso.
Pero en mi experiencia, esa tiende a ser la minoría con una fracción muy pequeña de la población. Nunca he conocido a alguien en mis años de activismo que estuviera en esa categoría. Pero, una vez más, es un miedo, ¿verdad? Mucha gente no entiende lo que es la carga pública.
Ha habido muchos cambios e intentos de reformar las reglas de carga pública en los últimos años, especialmente en la última administración presidencial. Pero el mensaje general de la comunidad, de nuestra organización y de los socios de todo el estado es que Medi-Cal ahora es seguro de usar y realmente no afecta su estatus migratorio.
Y el recibo de Medi-Cal por sí solo no va a convertir a alguien en una carga pública.
¿Cómo se puede asegurar a más personas que no serán una carga pública o que tienen estos temores? ¿Hay algún programa, algún recurso?
Ramírez: Todo se reduce a un análisis de caso. Si una persona tiene inquietudes sobre si la carga pública puede ser un problema para ella, entonces debe obtener una consulta de inmigración.
El sitio web del Departamento de Servicios Sociales de California [tiene] muchos servicios de inmigración y contratistas. Básicamente, se trata de fondos del estado que emiten a los proveedores de servicios legales donde pueden buscar organizaciones por región que puedan ofrecer consultas gratuitas.
Hay varios sitios web, referencias de recursos que las organizaciones sin fines de lucro brindan consultas a bajo costo o de forma gratuita. Donde pueden obtener una evaluación individualizada y hay otros que no van a solicitar ningún beneficio de inmigración pronto o ya saben que el recibo de Medi-Cal por sí solo no los afecta para fines de inmigración y se sienten bastante seguros.
¿Cuál es una pregunta que comúnmente recibes sobre la carga pública?
Ramírez: Creo que la pregunta principal [es] si] mi hijo ciudadano estadounidense o mi hijo residente legal está recibiendo atención médica o cualquier otro medio para probar su beneficio, ¿puede eso afectar mi estatus migratorio?
A efectos de carga pública, la respuesta es no. Porque cuando los niños reciben prestaciones, la persona que recibe las prestaciones es un niño. No es el padre. Esa es una pregunta muy repetitiva que recibimos en relación con la carga pública.
¿Hay algo más que te gustaría compartir que no te haya preguntado?
Ramírez: Uno de los mensajes que compartimos con la comunidad es que la expansión de Medi-Cal es algo histórico.
Es algo en lo que se ha trabajado durante muchos años. Y el hecho de que podamos cerrar la brecha con esta población elegible de 26 a 49 años, significa que para los propósitos de Medi-Cal, el estatus migratorio ya no importa. Medi-Cal está disponible para cualquier inmigrante indocumentado de cualquier edad, siempre y cuando cumpla con los requisitos, como ingresos y otros.
El estatus migratorio ya no es una barrera. Alentamos a las personas que son elegibles para Medi-Cal a que presenten su solicitud, se inscriban y usen los beneficios al máximo.
Creo que es igual de importante estar informado sobre dónde se encuentra su situación migratoria. Para poder aprovechar al máximo sus beneficios de salud. Si alguien ya está participando en Medi-Cal y tiene alguna pregunta o inquietud sobre si afecta su estatus migratorio, no corra y cuente para sus beneficios por miedo.
Obtenga la consulta primero y luego tome la mejor decisión para usted.

