REAL ID, es una ley que apenas se está implementando en el estado de California, a 10 años después de que esta ley se hiciera realidad en el 11 de mayo del 2005 por George W. Bush.
Esta ley, fue establecida por el 109º congreso americano y establece y rápidamente implementa las regulaciones para las licencias de manejo de cada estado con nuevos estándares de identificación y seguridad; para prevenir que terroristas abusen de las leyes de asilo de los EE. UU. Para unificar a los motivos relacionados con el terrorismo para la inadmisibilidad y remoción, y para asegurar la construcción expedita de la barda fronteriza en San Diego.
Al mismo tiempo, la ley pone nuevos requisitos para que las licencias e identificaciones estatales sean aceptadas por el gobierno federal para “materias oficiales”, tal como lo define el secretario del Departamento de Seguridad Interna de los EE. UU. El secretario ha definido “materias oficiales” tales como abordar aviones operados comercialmente, para obtener entrada a edificios federales y plantas nucleares, a pesar de que el secretario retiene el derecho de requerir identificación federal para cualquier otra materia.
En California, el Departamento de Vehículos empezó a ofrecer estas nuevas identificaciones y licencias el pasado lunes 22 de enero para poder abordar vuelos domésticos o entrar a cualquiera de las instituciones federales. Las tarjetas REAL ID son opcionales y residentes californianos pueden elegir si quieren obtener la identificación normal.
Hoy en día, las licencias obtenidas por el Departamento de Vehículos y sus identificaciones podrán seguir siendo utilizadas en aeropuertos y en facilidades federales hasta el 1º de octubre del 2020. Es en esta fecha que solamente podría entrar y abordar teniendo en su poder una REAL ID.
El solicitante tiene que proveer prueba de identidad, ya sea un certificado de nacimiento, pasaporte o tarjeta de residencia permanente; prueba de su seguro social, un documento que demuestre su residencia en el estado de California (tal como su aplicación de renta, cuenta de luz, o documento de su trabajo. Si se ha cambiado el nombre, tiene que proveer documentos que muestren su cambio fue hecho en la corte, su divorcio o orden judicial.
Para obtener mayores informes sobre REAL ID visite: www.dmv.ca.gov/portal/dmv/detail/realid.